El conocido cantante de corridos tumbados, Natanael Cano, podría enfrentar una condena que va de seis meses a dos años de prisión por el delito de soborno a dos policías de Hermosillo. Esta advertencia proviene del vicefiscal de Control de Procesos de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), Ramón Tadeo Gradillas.
El incidente ocurrió en la madrugada del viernes 29 de marzo, durante la celebración del cumpleaños número 23 del artista, conocido como «CanoFest». Cano, quien se encontraba celebrando con derrapes en un vehículo Dodge Charger rojo sin placas, fue interceptado por agentes de la Policía Municipal de Hermosillo en el bulevar José María Morelos.
Durante el encuentro con los oficiales, el cantante presuntamente ofreció dinero a los policías para evitar que tomaran medidas contra él por conducir a alta velocidad. A pesar del soborno, Cano continuó su marcha a gran velocidad, lo que originó una persecución por parte de las patrullas municipales, la cual culminó sin la detención del artista.
El vicefiscal Gradillas informó que el pasado lunes 19 de agosto se realizó la audiencia inicial contra Cano por el delito de cohecho en concurso real de delitos. Aunque el cantante asistió a la audiencia bajo la protección de un amparo que le impide ser privado de libertad, el juez decidió vincularlo a proceso. Se le impusieron medidas cautelares que incluyen la exhibición de una garantía económica, la prohibición de salir del país sin autorización judicial y la presentación periódica ante el juzgado.
Gradillas aseguró que la fiscalía está comprometida a asegurar que la conducta del cantante no quede impune, subrayando la importancia de que el caso se lleve a cabo conforme a la ley. Además, el próximo martes 10 de septiembre se realizará la audiencia inicial contra los policías involucrados en el caso.
El vicefiscal también mencionó que, en caso de ser hallado culpable, Natanael Cano podría enfrentar una multa que varía entre 3 mil 200 y 4 mil 500 pesos y la obligación de presentarse cada dos meses en el juzgado.